Ayudas a pequeñas y medianas explotaciones de cría de conejos – Convocatoria 2026

ugamcoag

18 Mar, 2026

La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación publicó el 17 de marzo la convocatoria de ayudas destinadas a apoyar a las explotaciones cunícolas de Cantabria durante el año 2026. Según el documento, el objetivo es “conseguir su adecuado desarrollo y mantenimiento”.

A continuación, se resumen los aspectos más relevantes:

Beneficiarios

Podrán solicitar la ayuda las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones cunícolas en Cantabria que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
  • Cumplir la normativa vigente en higiene, sanidad, bienestar animal e identificación.
  • No haber recibido sanciones firmes por incumplimientos sanitarios en el año anterior.
  • Contar con un programa higiénico-sanitario supervisado por un veterinario.
  • Tener más de 200 reproductoras declaradas en el censo REGA del año anterior.
  • Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social.
  • No estar afectados por las causas de prohibición del artículo 12 de la Ley 10/2006.

El documento señala expresamente que deberán “poseer una explotación ganadera con más de 200 reproductoras”.

Objeto de la ayuda

La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva y está dirigida a apoyar a las pequeñas y medianas explotaciones cunícolas de Cantabria.

Cuantía

  • Importe por explotación: 5 € por reproductora que cumpla los requisitos establecidos.

Tal como recoge la orden: “Prima de cinco euros por reproductora que cumpla con lo especificado en la Resolución.”

Presentación de solicitudes

  • Las solicitudes deben dirigirse a la Dirección General de Ganadería.
  • Se pueden presentar en:
    • Registro de la Consejería (C/ Albert Einstein nº 2, Santander).
    • Oficinas Comarcales.
    • Cualquier lugar permitido por el art. 134.8 de la Ley 5/2018.

Plazo

El plazo es de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOC.

El documento indica: “El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto.”

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