Ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra 2026

ugamcoag

6 May, 2026

La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación ha publicado el Extracto de la Resolución de 29 de abril de 2026, por la que se convocan ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera ligada a tierra en explotaciones de vacuno, ovino y caprino de Cantabria.

Según recoge el BOC, estas ayudas buscan “incrementar el aprovechamiento de los recursos pastables…, mejorar la rentabilidad, obtener productos de mayor calidad y contribuir a la prevención de incendios y la protección del paisaje” .

1. Beneficiarios/as

Podrán solicitar la ayuda:

  • Titulares de explotaciones de vacuno, ovino y/o caprino inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria.
  • Explotaciones que entreguen leche cruda a industria o que transformen leche en la propia explotación (venta directa), cumpliendo los requisitos de Letra Q, análisis mensuales y declaraciones FEGA.

Quedan excluidas las explotaciones dedicadas exclusivamente a recría de terneras, corderas o cabritas de aptitud lechera. En explotaciones mixtas, solo computan las hembras adultas productoras de leche .

Además, no podrán ser beneficiarias las explotaciones sancionadas por infracciones graves o muy graves en materia de bienestar, sanidad, identificación animal o higiene de producción primaria en el año anterior.

2. Cuantía de la ayuda

El presupuesto máximo asciende a 730.000 €.

Valoración de animales (UGM):

  • Vacas de leche ≥ 2 años: 1 UGM
  • Novillas ≥ 2 años: 0,8 UGM
  • Vacuno 1–2 años: 0,7 UGM
  • Vacuno < 1 año: 0,4 UGM
  • Ovejas y cabras paridas o > 1 año: 0,15 UGM

Importe por UGM según densidad ganadera:

  • 25 €/UGM si la densidad es < 2 UGM/ha
  • 15 €/UGM si es ≥ 2 y < 3 UGM/ha
  • 10 €/UGM si es ≥ 3 UGM/ha

Complemento para raza pasiega

  • +100 €/UGM para bovino de raza pasiega en ordeño, inscrito en el Libro Genealógico.

Límite máximo por explotación: 6.000 €

3. Plazo y presentación de solicitudes

El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC.

Las solicitudes deben presentarse:

  • En el Registro de la Consejería (c/ Albert Einstein nº 2, Santander)
  • En las Oficinas Comarcales
  • O en cualquiera de los lugares previstos en el art. 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018 .

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