PLAZO PRESENTACIÓN: hasta el 1 de septiembre de 2026 (incluido)

La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación ha publicado el Decreto 59/2026, de 13 de agosto (CVE‑2026‑6562), por el que se regula la concesión directa de ayudas de mínimis destinadas a apoyar el cebo y sacrificio de animales bovinos y equinos nacidos en Cantabria durante el año 2025.
DESCARGAR: https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2026/08/plan-desarrollo-de-la-carne.pdf
El Decreto establece que “las ayudas se concederán por animal sacrificado que cumpla las condiciones de elegibilidad establecidas” y que su finalidad es “mejorar la rentabilidad de las explotaciones ganaderas, favorecer la estabilidad del mercado e impulsar la renovación del censo ganadero”.
Plazo de solicitud
Hasta el 1 de septiembre de 2026 (incluido). Se trata de un plazo extraordinario y breve, por lo que se recomienda realizar la gestión cuanto antes.
Solicitud simplificada en la Oficina Comarcal
Para facilitar el trámite, los ganaderos podrán presentar una solicitud simplificada directamente en su Oficina Comarcal. Solo será necesario aportar:
- Datos personales del titular.
- Número de cuenta bancaria (IBAN) para el pago.
- Raza y número de animales sacrificados en 2025 que cumplan los requisitos.
El personal de la Oficina Comarcal verificará los datos en SITRAN y completará el expediente.
Animales elegibles
Categoría A – Bovino cárnico (machos y hembras)
- Razas cárnicas y sus cruces.
- Edad: 8–16 meses.
- Excluidos: machos de Tudanca, Monchina y Pasiega.
Categoría B – Hembras de aptitud láctea
- ≥ 4 años.
- Canal clasificada como DO3‑, DO3, DO3+ o superior.
- Requiere certificado del matadero.
Categoría C – Equino cárnico
- Razas cárnicas y cruces.
- Edad: 12–20 meses.
- Excluidos: machos de Hispano‑Bretón.
Cuantía de la ayuda
- 100 € por animal elegible.
- +60% adicional para animales sacrificados bajo la IGP “Carne de Cantabria”.
- Máximo por beneficiario: 9.000 €.
Compatibilidad
Compatible con otras ayudas, respetando el límite de 50.000 € en tres años según normativa de mínimis.
Presentación
- En Oficinas Comarcales, Registro de la Consejería o por vía electrónica para quienes estén obligados.
- Modelo oficial: ANEXO I del Decreto. También lo tienes en tu oficina comarcal.
- Presentación vía telemática. https://sede.cantabria.es/sede/catalogo-de-tramites/convocatoria/decreto-59-2026/2593


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