Concesión directa en régimen de mínimis para explotaciones agrarias ATP.
Importe unitario máximo: 23 €/ha de superficie indemnizable final.

El Gobierno de Cantabria ha aprobado el Decreto 66/2026, de 17 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una ayuda extraordinaria destinada a las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por la grave sequía sufrida durante la primavera y el verano de 2026.
ENLACE A LA ORDEN:
https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2026/09/ayuda-sequia.pdf
Según el propio Decreto, “la concurrencia de periodos prolongados de elevadas temperaturas y déficit de precipitaciones […] ha provocado una reducción significativa de la producción de pastos y cultivos” . Esta situación ha obligado a los ganaderos a recurrir antes de tiempo a las reservas invernales y a comprar alimentación suplementaria en un contexto de precios elevados, generando un doble impacto económico.
🟩 Finalidad de la ayuda
La ayuda tiene carácter excepcional y busca mitigar los gastos extraordinarios derivados de la pérdida de pastos y del incremento del coste de los insumos necesarios para mantener la cabaña ganadera. El Decreto señala que estos gastos “pueden llegar a comprometer la viabilidad” de las explotaciones agrarias de Cantabria .
🟩 Beneficiarios
Podrán recibir esta ayuda las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas de Cantabria que cumplan la condición de Agricultor a Título Principal (ATP) en el marco de las ayudas ZLN de la campaña PAC 2025.
🟩 Cuantía y cálculo de la ayuda
La subvención se calculará en función de la superficie máxima determinada a efectos de pago en la PAC 2025.
- Importe unitario máximo: 23 €/ha de superficie indemnizable final.
El Decreto establece: “Se aplicará un importe unitario máximo de 23 euros a cada hectárea de superficie indemnizable final de cada beneficiario” .
La financiación procede de la aplicación presupuestaria 05.03.414A.474 de los Presupuestos Generales de Cantabria 2026.
🟩 Procedimiento: concesión directa
La ayuda se concede sin convocatoria pública, dado su carácter singular y la ausencia de concurrencia competitiva. Todos los ATP que cumplan los requisitos serán beneficiarios.
La solicitud se considera automáticamente presentada mediante la solicitud ZLN de 2025, salvo renuncia expresa en los 10 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del Decreto.


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