
Hoy, 6 de mayo de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria el Extracto de la Resolución de 29 de abril de 2026 por la que se convocan ayudas destinadas a compensar las dificultades de recogida de leche en explotaciones de vacuno ubicadas en municipios de alta montaña o zonas con especial dificultad.
Estas ayudas están dirigidas a primeros compradores de leche, pero repercuten directamente en las explotaciones ubicadas en estas zonas, ya que buscan garantizar la continuidad de la recogida y compensar los sobrecostes derivados de la orografía y la dispersión territorial.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Según el extracto, podrán solicitar la ayuda los primeros compradores de leche de vaca que cumplan:
- Estar registrados en AICA como operadores del sector lácteo.
- Estar registrados en LETRAQ como centro lácteo.
- Tener un contrato de recogida de leche de al menos un año con productores ubicados en municipios incluidos como Subzona de Montaña 1 o Subzona 2 del Anexo IV del Plan Estratégico de la PAC.
El documento señala literalmente: “Tener formalizado […] contrato de recogida de leche de vaca de, al menos, un año de duración, con productores ubicados en municipios de Cantabria de alta montaña o especial dificultad.”
Objeto de la ayuda
La convocatoria tiene como finalidad compensar las dificultades de recogida de leche en explotaciones situadas en:
- Municipios de alta montaña,
- Municipios con especial dificultad,
- Clasificados como Subzona de Montaña 1 y Subzona 2 en el Plan Estratégico de la PAC.
Estas ayudas están financiadas con fondos FEAGA y FEADER.
Cuantía
- Dotación total: 140.000 € para el año 2026.
- Régimen: ayudas de mínimis (Reglamento UE 2023/2831).
- Límite por beneficiario: 300.000 € en cualquier periodo de tres años.
El BOC indica: “La cuantía de la ayuda […] asciende a 140.000 euros para el año 2026.”
Plazo y presentación de solicitudes
- Plazo: un mes a partir del día siguiente a la publicación en el BOC. → Del 7 de mayo al 7 de junio de 2026 (incluidos).
- Dónde presentar: En la Dirección General de Ganadería o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018.
📌 5. Información adicional
Las bases reguladoras son la Orden DES/22/2024, de 26 de junio. El texto completo de la convocatoria está disponible en la BDNS (ID 902565).


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