LA COMISIÓN EUROPEA ADOPTA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE MINIMIS AGRÍCOLA

ugamcoag

12 Dic, 2024

El 10 de diciembre, la Comisión Europea adoptó una modificación significativa del «Reglamento de minimis agrícola». Este Reglamento exime a las ayudas de escasa cuantía del control de las ayudas estatales, al considerar que no afectan la competencia ni el comercio en el mercado interior. La versión revisada del Reglamento entrará en vigor 3 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2032.

La modificación incluye varios cambios:

  • Aumento del límite máximo de minimis: El límite por empresa se duplica de 25.000 euros a 50.000 euros en un período de tres años.
  • Ajuste de los topes nacionales: Basados en el valor de la producción agrícola de cada Estado miembro, en el caso de España, el tope para tres años aumenta significativamente de 593 millones de euros a 1.220 millones de euros.
  • Supresión del «tope sectorial»: Los Estados miembros ya no estarán restringidos por el límite que impedía conceder ayudas de minimis superiores al 50 % del tope nacional para el mismo sector de productos.
  • Registro central obligatorio: Se introduce un registro central de ayudas de minimis a nivel nacional o europeo para garantizar una mayor transparencia y seguimiento.
  • Prórroga de la validez del Reglamento: La validez del Reglamento de minimis agrícola revisado se extiende hasta el 31 de diciembre de 2032.

DEDSCARGAR ORDENES:

https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2024/12/C_2024_8789_1_ES_annexe_acte_autonome_cp_part1_v4.pdf

https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2024/12/C_2024_8789_1_ES_ACT_part1_v4.pdf

Contenido relacionado

0 comentarios