La Consejería de Desarrollo Rural publicará en breve la convocatoria anual de ayudas destinadas a compensar los costes derivados de la realización de pruebas diagnósticas, vacunaciones y otras actuaciones sanitarias (campaña, vacunaciones y/o medidas sanitarias) en el marco de los programas oficiales de sanidad animal.
Esta ayuda ha sido recientemente modificada por la Orden DES/11/2026, que actualiza el baremo económico aplicable a las vacunaciones.
🐄 ¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Podrán ser beneficiarios los titulares de explotaciones de producción‑reproducción de Cantabria que hayan realizado alguna de las siguientes actuaciones:
✔ Actuaciones realizadas mediante veterinario habilitado
- Pruebas diagnósticas de la campaña de saneamiento ganadero.
- Otras medidas previstas en el art. 4.2 de la Orden DES/02/2024.
✔ Actuaciones realizadas mediante veterinario colegiado o por el propio ganadero
- Vacunaciones obligatorias o voluntarias frente a enfermedades de la lista.
- Otras actuaciones sanitarias establecidas por la Dirección General (tomas de muestras, tratamientos, encuestas epidemiológicas, etc.).
- Compra y aplicación de vacunas por el propio ganadero bajo prescripción veterinaria.
Los solicitantes deberán estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, tener la explotación inscrita en REGA, ser PYME y no encontrarse en situación de empresa en crisis.
💶 Gastos subvencionables
🟢 Para actuaciones con veterinario habilitado (art. 1.1)
- Honorarios profesionales derivados de la campaña de saneamiento o de la actuación correspondiente.
- No se subvencionan pruebas previas a la comercialización.
🟢 Para vacunaciones y otras actuaciones sanitarias (art. 1.2 y 1.3)
- Honorarios del veterinario colegiado.
- Compra y administración de vacunas autorizadas por AEMPS.
- El IVA no es subvencionable.
📌 Cuantías de las ayudas (baremos actualizados)
La cuantía se calcula según el número de animales saneados o vacunados registrados oficialmente.
La modificación DES/11/2026 actualiza el Anexo IV y establece:
🔷 Vacunación obligatoria
- Primo vacunación (2 dosis): 6,64 €/cabeza.
- Revacunación anual:
- Si coincide con saneamiento: 2,43 €/cabeza.
- Si no coincide: 4,21 €/cabeza.
- Las dosis vacunales las aporta la Administración.
🔷 Vacunación voluntaria
- Administración por veterinario:
- Primo vacunación: 6,64 €/cabeza.
- Revacunación: 4,21 €/cabeza.
- Dosis vacunales: importe fijado en la convocatoria según precio de mercado.
- Si el ganadero compra y administra la vacuna: se subvenciona el coste según precio oficial del laboratorio.
📝 Solicitudes y documentación
La solicitud se presentará por vía electrónica en el Registro General del Gobierno de Cantabria, utilizando:
- Anexo I → actuaciones con veterinario habilitado.
- Anexo II → vacunaciones y otras actuaciones sanitarias.
Documentación justificativa:
Para actuaciones del art. 1.1
- Factura del veterinario habilitado con sello, firma y justificante de pago.
Para actuaciones del art. 1.2 y 1.3
- Certificado veterinario con identificación individual de los animales vacunados.
- En caso de compra de vacunas por el ganadero: factura + registro de tratamientos correctamente cumplimentado.
⏳ Plazos y resolución
- El plazo de solicitud será el que establezca la convocatoria en el BOC.
- La resolución deberá dictarse en un máximo de 6 meses.
- Si el presupuesto no alcanza, se aplicará prorrateo entre beneficiarios.
🟢 Obligaciones de los beneficiarios
- Cumplir las obligaciones de la Ley de Subvenciones.
- Facilitar información y permitir controles e inspecciones.
- Mantener la documentación justificativa disponible.


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