El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la Orden IND/9/2026, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a promover el mantenimiento del empleo autónomo en Cantabria.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas que:
- Estén dadas de alta en el RETA o en una mutualidad de colegio profesional.
- Hayan cotizado de forma ininterrumpida entre 3 y 5 años antes de la publicación del extracto en el BOC, desarrollando la misma actividad (según CNAE‑2025).El documento señala: “Haber cotizado ininterrumpidamente… durante al menos los tres años anteriores… y hasta un máximo de cinco años” (Orden IND/9/2026, apartado Tercero.1.c).
- Desarrollen su actividad en Cantabria.
- No tengan más de 9 personas contratadas por cuenta ajena.
- Cumplan las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Principales exclusiones
- No podrán solicitar la ayuda quienes:
- Hayan recibido otra subvención para el mantenimiento del empleo autónomo en los 12 meses anteriores.
- Hayan sido objeto de revocación o reintegro en los últimos 2 años.
- Hayan desarrollado la misma o similar actividad como autónomos en los 12 meses previos al alta.
- Sean familiares colaboradores.
- No puedan recibir ayudas de minimis.
Cuantía de las ayudas
La subvención se concede en un único pago, con las siguientes cuantías:
| Perfil de la persona solicitante | Importe |
|---|---|
| Hombre | 2.750 € |
| Mujer | 3.500 € |
| Personas con discapacidad, jóvenes <35 años o ≥45 años | 4.250 € |
| Mujeres víctimas de violencia de género | 4.450 € |
Además, todas las cuantías aumentan un 20% si el domicilio fiscal está en un municipio en riesgo de despoblamiento.
Plazo y forma de presentación
- Plazo: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC. HASTA EL 8 DE ABRIL DE 2026.
- Presentación:
- Preferentemente telemática a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria.
- También es posible la presentación presencial en la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo.
Documentación básica
- ANEXO I – SOLICITUD SUBVENCION MANTENIMIENTO EMPLEO AUTÓNOMO
- ANEXO II – DECLARACION DE AYUDAS SOLICITADAS PERCIBIDAS
- ANEXO III – MUNICIPIOS
- Certificado censal o declaración censal.
- Documentación acreditativa de discapacidad o condición de víctima de violencia de género, si procede.
- En caso de mutualistas: certificado de la mutualidad.
La orden señala que debe aportarse “Declaración sobre otras ayudas…” y documentación para acreditar la actividad en Cantabria (apartado Octavo.1).
Importante
La concesión se realiza por orden de llegada de solicitudes completas y correctas, hasta agotar el presupuesto disponible (3.716.200 €).


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