Publicada la convocatoria 2026 de ayudas al mantenimiento del empleo autónomo en Cantabria

ugamcoag

17 Mar, 2026

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la Orden IND/9/2026, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a promover el mantenimiento del empleo autónomo en Cantabria.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas que:

  • Estén dadas de alta en el RETA o en una mutualidad de colegio profesional.
  • Hayan cotizado de forma ininterrumpida entre 3 y 5 años antes de la publicación del extracto en el BOC, desarrollando la misma actividad (según CNAE‑2025).El documento señala: “Haber cotizado ininterrumpidamente… durante al menos los tres años anteriores… y hasta un máximo de cinco años” (Orden IND/9/2026, apartado Tercero.1.c).
  • Desarrollen su actividad en Cantabria.
  • No tengan más de 9 personas contratadas por cuenta ajena.
  • Cumplan las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  • No podrán solicitar la ayuda quienes:
  • Hayan recibido otra subvención para el mantenimiento del empleo autónomo en los 12 meses anteriores.
  • Hayan sido objeto de revocación o reintegro en los últimos 2 años.
  • Hayan desarrollado la misma o similar actividad como autónomos en los 12 meses previos al alta.
  • Sean familiares colaboradores.
  • No puedan recibir ayudas de minimis.

Cuantía de las ayudas

La subvención se concede en un único pago, con las siguientes cuantías:

Perfil de la persona solicitanteImporte
Hombre2.750 €
Mujer3.500 €
Personas con discapacidad, jóvenes <35 años o ≥45 años4.250 €
Mujeres víctimas de violencia de género4.450 €

Además, todas las cuantías aumentan un 20% si el domicilio fiscal está en un municipio en riesgo de despoblamiento.

Plazo y forma de presentación

  • Plazo: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC. HASTA EL 8 DE ABRIL DE 2026.
  • Presentación:

Documentación básica

La orden señala que debe aportarse “Declaración sobre otras ayudas…” y documentación para acreditar la actividad en Cantabria (apartado Octavo.1).

Importante

La concesión se realiza por orden de llegada de solicitudes completas y correctas, hasta agotar el presupuesto disponible (3.716.200 €).

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