Octubre 19, 2021
- LA SOLICITUD SE REALIZARÁ DE FORMA TELEMÁTICA. EN ELLA, ES NECESARIO INDICAR LA CANTIDAD PENDIENTE DE PAGO.
- EL PLAZO DE PRESENTACIÓN FINALIZA EL 26 DE OCTUBRE.
- Las ayudas podrán aplicarse a las facturas que se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
- Se entiende que las facturas anteriores al 13 de marzo de 2021 no necesitan estar sujetas a un contrato.
- El importe a subvencionar será de un máximo de 3.000 euros, cuando se trate del régimen de estimación objetiva.
UGAM-COAG.
Os informamos de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria de la orden que regula la concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de empresas y autónomos de Cantabria, con motivo de la crisis creada por el COVID-19.
Beneficiarios.
Autónomos que tengan al menos una de las actividades previstas en los códigos de la CNAE recogidos en el Anexo I de este Decreto y continuar en el ejercicio de alguna de estas actividades. Los códigos relacionados con la actividad ganadera y/o agrícolas más comunes en Cantabria son los siguientes:
Justificación.
Ésta se hará con posterioridad al 1 de abril de 2022, mediante la aportación en formato electrónico a través del Registro Electrónico Común de la Administración de Cantabria en la dirección electrónica https://sede.cantabria.es/, de una cuenta justificativa que deberá presentarse antes del 31 de marzo de 2022.
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