AYUDAS PARA PALIAR LOS EFECTOS DE LA EHE Y SU PREVENCIÓN MEDIANTE LA VACUNACIÓN EN CANTABRIA

ugamcoag

26 Feb, 2025

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 26 DE MARZO.

PRESENTAR LAS SOLICITUDES EN LAS OFICINAS COMARCALES.

Hoy , 26 de febrero, se ha publicado en el BOC el decreto de subvenciones destinadas a paliar los efectos de la enfermedad hemorrágica epizoótica y a la prevención de la misma mediante la vacunación en Cantabria.

DESCARGAR DECRETO:

https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2025/02/ayuda-ehe.pdf

Se destinan a sufragar los gastos de:

  1. Animales tratados y muertos por EHE entre el 19 de agosto y el 31 de diciembre de 2024.
  2. Animales muertos por EHE entre el 5 de septiembre de 2023 y el 18 de agosto de 2024, no subvencionados previamente.
  3. Explotaciones que hayan realizado la vacunación contra EHE en 2024.

El objetivo es paliar los daños generados por la enfermedad, compensar pérdidas y reducir gastos en tratamientos y vacunas. Se incluyen también ayudas para animales inaccesibles, es decir, aquellos que no pueden ser retirados por encontrarse en terrenos difíciles y que hayan sido certificados como fallecidos por EHE.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO

  • Presentar las solicitudes en las Oficinas Comarcales.
  • El plazo para presentar las solicitudes es de un mes, a partir del día siguiente de la publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Cantabria (hasta el 26 de marzo).

DESCARGAR IMPRESO SOLICITUD (ANEXOI):

https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2025/02/ayuda-ehe-9-10.pdf

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2025/02/DOCUMENTACION-AYUDA-EHE.pdf

ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Serán acciones subvencionables:
a) Las muertes de bovino con las siguientes cuantías:

*La aptitud de cada raza es la indicada como uso productivo según el Catalogo Oficial de
Razas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Correctamente identificado en el
documento de traslado de cadáveres.
b) Las muertes de ovino y caprino con las siguientes cuantías:

*Correctamente identificado en el documento de traslado de cadáveres.

C) Se paga 25 euros por cada animal afectado que ha sido declarado en la explotación con el foco notificado.

Esta anotación debe estar en el libro de registro de tratamientos como un tratamiento realizado para tratar la enfermedad y el número de crotal (identificación del animal) debe figurar en el certificado oficial del veterinario.

d) Si la vacuna la administra alguien que no es veterinario, se paga 8 euros por cada bovino vacunado, basado en la cantidad de viales usados.

Si la vacuna la administra un veterinario, se paga 10 euros por cada bovino vacunado, y esto debe estar reflejado en el certificado oficial.

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